Articulo 98
El presidente propuso al pueblo soberano modificar el artículo 98, el cual reza textualmente:
¨La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la invención, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia. ¨
Artículo 98 de la reforma constitucional:
Opinión:
La remodelación del artículo 98 es sumamente injustos debido que lo que quiere decir es que el gobierno puede tomar tu proyecto para utilizarlo en su nombre, aunque el autor no lo desee y sin que este pueda tener alguna ganancia de su proyecto, esto seria una violación sobre el derecho de autor y le daría un gran paso el robo de las ideas intelectuales de otras personas. También trae como consecuencia el abandono de creaciones artísticas por el miedo a que el gobierno de adueñen de estas y la inmigración de grandes talentos que posee el país simplemente por no estar de acuerdo a esta o por miedo a lo que esta ley puede llevar acabo.